sábado, 13 de diciembre de 2014

MI programa de formación, estación 5

A continuación se muestra la inforgrafía indicando lo relacionado con gestión logística y los temas a tratar en lo expuesto a realizar.


Estación 3

Solución caso 1.
Basándome en el capitulo 1 principios Generales, Articulo 3, dice:
Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.
Esto quiere decir que se considera un aprendiz del SENA, todo aquel que se matricule en u programa de formación profesional y sea presencial o virtual.

Soportando lo anterior nos basamos en el capitulo 2 Derechos del aprendiz SENA articulo 7 numeral 4, dice:
Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA. Por lo mencionado anteriormente sea Aprendiz virtual o presencial un estudiante del SENA que se matricule en cualquier programa profesional de formación tiene derecho a un carnet que lo identifique como estudiante de la entidad. por otra parte, de acuerdo a la respuesta que le dio la funcionaria del SENA al aprendiz se puede decir que fue equivocada y no estaba acorde con la normatividad vigente y en consecuencia ella puede estar sometida a una sanción por dar una mala información ya que el reglamento dice claramente que debe recibir su carnet al momento de matricularse.

Solución caso 2
El capitulo VII, proceso de formación, incumplimiento, deserción - articulo 22 numeral 3 dice:
El instructor debe analizar el avance del proceso de formación, identificando con el aprendiz sus logros y dificultades retroalimentando de manera permanente y ajustando las estrategias desarrolladas en los casos que se requiera. En caso de que el aprendiz no logre el resultado de aprendizaje, el instructor programa y realiza actividades pedagógicas complementarias. El Aprendiz que esté en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida por el Instructor, podrá ejercer el derecho a que se le revisen los resultados, siguiendo el procedimiento:
  • Presentar solicitud de forma escrita al instructor y a través del sistema de gestión de la formación, para la revisión por el Instructor, orientador del proceso de aprendizaje que emitió la evaluación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación o entrega de la misma, argumentando los fundamentos del desacuerdo.
  • Esta solicitud debe ser contestada por el instructor, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del Aprendiz.
  • Si la solicitud no es contestada dentro del término anterior, o si persiste el desacuerdo con la respuesta recibida, el aprendiz podrá solicitar mediante escrito dirigido al Coordinador Académico o rol correspondiente a la modalidad del programa de formación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, la asignación de un segundo evaluador que revise la evaluación realizada inicialmente; la decisión del segundo evaluador es definitiva para la evaluación del Aprendiz y debe ser emitida a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud presentada por el Aprendiz. 
Por todo lo anterior es razón de peso y suficiente para que el tutor o instructor colabore con el aprendiz en todo lo que el reglamento menciona.

miércoles, 10 de diciembre de 2014

Mi contexto de formación, estación 2

Buenas noches, A continuación encontraremos la presentación correspondiente a la estación 2, en la cual veremos información referente al SENA: Misión y Visión,Escudo y Bandera, Himno, Rol del Tutor y del Aprendiz, Bienestar de los Aprendices y Función de los Sistemas de Administración de Aprendizaje. Espero sea de su agrado.